El caso del Presidente Lee Man-hee abordado en el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas

El 18 de septiembre de 2026, la Coordination des Associations et des Particuliers pour la Liberté de Conscience (CAP-LC) realizó una declaración oral durante el debate general sobre el tema 3 del 63.º período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, dedicado a la promoción y protección de todos los derechos humanos.

Durante esta intervención se planteó el caso del Presidente Lee Man-hee, de 95 años, veterano de la Guerra de Corea y fundador y líder de la Iglesia de Jesús Shincheonji. Actualmente, el Presidente Lee se encuentra en prisión preventiva en el Centro de Detención de Seúl, República de Corea, y está siendo juzgado por cargos no violentos.

La Coordination des Associations et des Particuliers pour la Liberté de Conscience (CAP-LC) expresó su profunda preocupación por una investigación y unas condiciones de detención que suscitan dudas sobre posibles motivaciones políticas y discriminación dirigidas contra una minoría religiosa. A pesar de contar con un domicilio fijo y de no existir riesgo de fuga, el Presidente Lee fue recluido en una celda sin aire acondicionado durante una ola de calor récord en Seúl. Esto suscita una grave preocupación por la salud de este recluso de 95 años.

La declaración señaló que este trato no es conforme con las obligaciones internacionales de la República de Corea. El artículo 9 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) exige que la detención sea necesaria y proporcional, mientras que el artículo 10 garantiza un trato humano a las personas privadas de libertad. Las Reglas Nelson Mandela establecen que los reclusos deben recibir servicios de atención sanitaria de una calidad equivalente a los disponibles en la comunidad, y las Reglas de Tokio establecen la prisión preventiva como medida de último recurso. Asimismo, el artículo 18 protege la libertad de religión o de creencias. CAP-LC considera que este derecho no ha sido suficientemente respetado en este caso.

La Coordination des Associations et des Particuliers pour la Liberté de Conscience (CAP-LC) solicitó al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas que inste a la República de Corea a cumplir con sus obligaciones convencionales. En concreto, pidió que se apliquen medidas alternativas a la detención, que se permita una evaluación médica independiente y que se garantice un juicio justo e independiente.

CAP-LC (Coordination des Associations et des Particuliers pour la Liberté de Conscience) es una ONG europea no confesional, fundada en 1995, que cuenta con estatus consultivo ante el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas (ECOSOC) y trabaja para proteger la libertad de religión o de creencias. Con el fin de abordar todas las formas de discriminación por motivos de religión o creencias, CAP-LC pone cuestiones relevantes en conocimiento de organizaciones europeas e internacionales. La organización recopila y transmite a los organismos internacionales testimonios sobre la discriminación y las violaciones de los derechos humanos que sufren las comunidades religiosas o de creencias, al tiempo que sensibiliza y fomenta el diálogo sobre la protección de la libertad de religión o de creencias. Asimismo, lleva a cabo labores de incidencia para garantizar que las comunidades religiosas y espirituales que sufren discriminación obtengan el pleno reconocimiento de su libertad de religión o de creencias. CAP-LC es miembro de la Federación Europea para la Libertad de Creencias (FOB) y de la Red Europea de Religión y Creencias (ENORB), y participa en la Plataforma de la Sociedad Civil sobre Derechos Fundamentales creada por la Agencia de los Derechos Fundamentales de la UE.

Declaración oral sobre la situación de prisión preventiva del Presidente Lee Man-hee

Debate general sobre el tema 3 — 63.º período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas

Entidad que intervieneCoordination des Associations et des Particuliers pour la Liberté de Conscience (CAP-LC)
Fecha18 de septiembre de 2026
SesiónDebate general sobre el tema 3 del 63.º período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (Promoción y protección de todos los derechos humanos)
LugarGinebra, Suiza, Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra (Palais des Nations)
ContactoCAP Liberté de Conscience — 117 Rue de Charenton, 75012 Paris, France — freedomofconscience.eu
Contenido del documento1. Comunicado de prensa

2. Sobre CAP Liberté de Conscience

3. Texto original de la declaración y vídeo

 

Author

  • Redacción de DSAlicante, medio digital especializado en noticias de Alicante y provincia. Información actualizada sobre sucesos, política, economía y actualidad local.

Ayúdanos a mejorar¿Has visto algo que deberíamos revisar?
Reportar un problema

Avísanos si has detectado un error, un dato incorrecto o un problema de lectura.

Enviar una sugerencia

Ayúdanos a mejorar DSAlicante con una sugerencia sobre esta noticia o su presentación.

Boletín informativo

La actualidad de Alicante, directamente en tu correo

Suscríbete gratis al boletín de DSAlicante y recibe una selección editorial de las noticias más relevantes.

Newsletter DSAlicante

Crea tu cuenta de lector para entrar a Mi panel, guardar favoritos y gestionar tu alta o baja de la newsletter.

¿Qué es Mi panel?

Al registrarte tendrás acceso a tu panel de lector, donde podrás ver noticias, guardar favoritos, gestionar el alta o baja del boletín y usar las funciones privadas disponibles para lectores.

Al suscribirte se creará tu acceso a Mi panel. Tu alta en la newsletter quedará pendiente de aprobación editorial.
Redacción DSAlicante12.238 artículos publicados

Redacción de DSAlicante, medio digital especializado en noticias de Alicante y provincia. Información actualizada sobre sucesos, política, economía y actualidad local.

Ver todos sus artículos

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Información básica sobre protección de datos Ver más

  • Responsable: DSAlicante.com.
  • Finalidad:  Moderar los comentarios.
  • Legitimación:  Por consentimiento del interesado.
  • Destinatarios y encargados de tratamiento: No se ceden o comunican datos a terceros para prestar este servicio.
  • Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos.
  • Información Adicional: Puede consultar la información detallada en la Política de Privacidad.

【 dsalicante.com 】» Este sitio web utiliza cookies para asegurarse de obtener la mejor experiencia en nuestro sitio web    Más información
Privacidad