Empadronarse en Alicante es uno de los primeros trámites que conviene resolver después de mudarse a la ciudad. También hay que comunicarlo cuando una persona ya figura en el Padrón Municipal de Habitantes pero cambia de vivienda dentro del propio municipio.
El procedimiento es gratuito y puede realizarse por Internet o presencialmente, aunque la documentación cambia dependiendo de cada situación. No tendrá que presentar exactamente lo mismo una persona que vive en una vivienda de su propiedad que alguien que está de alquiler o reside en casa de un familiar, pareja o amigo.
Uno de los casos que más dudas genera es precisamente el alquiler. En Alicante no basta con presentar el contrato: el Ayuntamiento pide también el último justificante del pago del alquiler y copia de la documentación de identidad de los propietarios.
Y si quien quiere empadronarse ni siquiera aparece como titular del contrato, será necesario aportar autorizaciones adicionales.
¿Qué necesitas para empadronarte en Alicante?
Hay dos partes fundamentales: acreditar quién eres y demostrar que resides en la vivienda en la que quieres darte de alta.
Para acreditar la identidad, los ciudadanos españoles mayores de edad pueden utilizar el DNI o pasaporte. El permiso de conducir también está admitido, aunque en ese supuesto será necesario acreditar mediante otro documento el resto de datos obligatorios.
Los ciudadanos de la Unión Europea deben presentar el pasaporte o documento de identidad de su país y el NIE que figure en el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión.
En el caso de ciudadanos de países no comunitarios, se admite la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) o el pasaporte.
Todos los documentos deben estar en vigor.
Si se presenta documentación oficial extranjera, el Ayuntamiento establece que deberá estar traducida al español mediante traducción jurada.
Qué documentos necesitas si vives de alquiler
Este es uno de los supuestos más habituales en Alicante y también uno de los que puede provocar que el trámite no llegue a realizarse si se acude a la cita sin todos los documentos.
Para empadronarse en una vivienda alquilada hay que presentar:
- Contrato de alquiler en vigor a nombre de la persona interesada.
- Último recibo o justificante del pago del alquiler.
- Copia del documento de identidad de todos los propietarios.
La situación cambia si quieres empadronarte en un piso alquilado pero tu nombre no aparece en el contrato.
En ese caso, el Ayuntamiento exige autorización de los propietarios de la vivienda y también de las personas que figuren como titulares del contrato de alquiler.
Hay otro supuesto que conviene revisar. Si existen varios propietarios de la vivienda y no todos aparecen en el contrato, habrá que presentar las autorizaciones y copias de sus documentos de identidad.
Preparar esta documentación antes de solicitar la cita puede evitar tener que repetir el trámite.
Cómo empadronarse si la vivienda es tuya
Los propietarios también tienen que demostrar la vinculación con el domicilio.
Cuando la vivienda se haya comprado hace menos de un año puede utilizarse la nota simple del Registro de la Propiedad o la escritura de propiedad.
Si la compra no es reciente, se puede presentar el último recibo del IBI o la última factura de teléfono fijo, agua, gas o electricidad que esté a nombre de la persona interesada.
El Ayuntamiento advierte de que no admite simples recibos bancarios como acreditación, salvo en el caso del IBI.
Si la casa tiene varios propietarios, habrá que aportar además autorización y copias de los documentos de identidad de todos ellos.
¿Y si vives en casa de otra persona?
No estar en el contrato de alquiler ni ser propietario de una vivienda no impide por sí mismo empadronarse en ella.
Si una persona reside en casa de otra con su autorización, deberá acreditar esa situación.
El Ayuntamiento solicita la autorización y fotocopia del DNI de todos los propietarios de la vivienda, además de la documentación que permita acreditar la titularidad del inmueble.
Cuando la vivienda se haya comprado hace menos de un año podrá aportarse una nota simple del Registro o la escritura.
Para viviendas adquiridas anteriormente se admite, entre otros documentos, el último recibo del IBI o determinadas facturas de suministros a nombre del interesado.
Cómo empadronarse por Internet en Alicante
No siempre es necesario desplazarse a una oficina municipal.
El alta en el Padrón o el cambio de domicilio puede tramitarse a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alicante.
Para utilizar esta opción es necesario disponer de certificado digital o DNI electrónico.
En la solicitud electrónica hay que adjuntar la documentación correspondiente a la identidad y a la vivienda. También deberá incorporarse la hoja de inscripción para altas o cambios de domicilio que facilita el propio Ayuntamiento.
La posibilidad de hacerlo online resulta especialmente útil para quienes disponen de identificación electrónica y quieren evitar depender de una cita presencial.
Cómo pedir cita para empadronarse presencialmente
Quienes prefieran realizar el trámite de forma presencial necesitan cita previa.
Las altas y modificaciones del Padrón se atienden en dos Oficinas de Atención Ciudadana:
OAC Labradores
Calle Labradores, 14.
OAC Séneca
Calle Portugal, 17.
La cita puede gestionarse a través del sistema municipal de cita previa y también mediante los teléfonos 010 y 900 153 862, según la oficina.
Al reservar por Internet hay que seleccionar el Servicio de Atención Integral a la Ciudadanía (SAIC) y escoger específicamente la gestión correspondiente a “Altas y modificaciones en el Padrón Municipal de Habitantes”.
Es importante elegir correctamente el trámite. El Ayuntamiento advierte de que las citas solicitadas para una gestión diferente no serán atendidas.
También hay que comprobar que el documento de identificación coincide con el utilizado al solicitar la cita.
Una sola cita si se empadronan varias personas en la misma vivienda
Una familia que acaba de trasladarse a Alicante no necesita necesariamente reservar una cita para cada miembro.
Cuando varias personas vayan a empadronarse en el mismo domicilio, el Ayuntamiento establece que basta con una única cita previa.
Esto se aplica aunque las personas que realizan el trámite no pertenezcan a la misma unidad familiar.
Cómo empadronar a un menor en Alicante
Cuando el alta afecta a menores de edad hay requisitos adicionales.
Será necesario aportar DNI, NIE o pasaporte según corresponda, además del Libro de Familia o certificado de nacimiento. Los mayores de 14 años deberán presentar DNI.
Como regla general, para empadronar a un menor se requiere la autorización de ambos progenitores o tutores y la acreditación de su identidad.
Las situaciones de separación, divorcio, custodia o ausencia de patria potestad requieren documentación adicional. Dependiendo del caso puede ser necesaria una resolución judicial o alguno de los modelos de declaración responsable habilitados por el Ayuntamiento.
Por este motivo, cuando existan circunstancias familiares especiales conviene revisar el supuesto concreto antes de acudir presencialmente.
¿Pueden empadronarse los extranjeros?
Sí.
El padrón registra a las personas que residen habitualmente en el municipio, y el Ayuntamiento recuerda expresamente que para empadronarse no es necesario encontrarse en situación administrativa regular.
Lo que sí hay que acreditar es la identidad y el domicilio.
Además, existe una obligación que afecta a determinados extranjeros no comunitarios: las inscripciones de quienes no tengan autorización de residencia de larga duración deben renovarse cada dos años.
No realizar esa renovación puede provocar la baja por caducidad.
El empadronamiento tiene especial relevancia para numerosos procedimientos relacionados con servicios públicos y trámites administrativos.
Empadronarse y pedir el certificado de empadronamiento no es lo mismo
Es fácil confundir ambos procedimientos.
Empadronarse significa darse de alta como residente en Alicante o comunicar un nuevo domicilio si ya se estaba inscrito en el municipio.
El certificado de empadronamiento, en cambio, sirve para acreditar posteriormente que esa inscripción existe.
Por tanto, una persona que acaba de mudarse y todavía no figura en el padrón deberá tramitar primero el alta.
Si ya está correctamente empadronada y únicamente necesita demostrarlo para una ayuda, beca, escolarización, vivienda u otra gestión administrativa, puede consultar la guía de DSAlicante sobre cómo solicitar el certificado de empadronamiento en Alicante.
¿Cuánto cuesta empadronarse en Alicante?
Nada.
El Ayuntamiento especifica que todos los trámites relacionados con el Padrón Municipal de Habitantes son gratuitos.
Por tanto, no existe ninguna tasa municipal por darse de alta o comunicar un cambio de domicilio.
Qué revisar antes de ir a la cita
Buena parte de los problemas pueden evitarse comprobando la documentación antes de acudir.
Especialmente en viviendas de alquiler, merece la pena revisar que el contrato siga en vigor, llevar el último justificante de pago y comprobar quién aparece como propietario y quién como titular del arrendamiento.
También hay que asegurarse de que los documentos de identidad estén vigentes.
Si falta alguno de los documentos necesarios, el trámite puede no completarse y será necesario solicitar una nueva cita.
Para quien acaba de instalarse en Alicante, resolver correctamente el padrón desde el principio facilita después numerosas gestiones. Y para quien simplemente se ha mudado de un barrio a otro, comunicar el nuevo domicilio permite mantener actualizados sus datos en el Padrón Municipal de Habitantes.









