La declaración del IRPF correspondiente al ejercicio fiscal 2025 comienza este miércoles 8 de abril y se extiende hasta el 30 de junio. Este año llega con novedades que impactan directamente en perceptores del SMI, autónomos, pensionistas y ahorradores, en un contexto donde la presión fiscal no para de crecer.
La Agencia Tributaria abre este miércoles el plazo para presentar la declaración de la renta del ejercicio 2025, una campaña que, según los expertos, es la más cargada de cambios de los últimos años. El contribuyente español tiene hasta el 30 de junio para liquidar su IRPF, o hasta el 25 de junio si opta por domiciliar el primer pago. Lo que encuentre al abrir su borrador este año puede sorprenderle, y no siempre para bien.
El dato que mejor resume el momento: el IRPF aplicado a un salario medio en España ha crecido 1,6 puntos porcentuales entre 2020 y 2024, frente al apenas 0,4 puntos de media en los países de la OCDE. Para quienes ganan más del 67% por encima de la media —es decir, más de 60.000 euros anuales— la diferencia es aún más pronunciada: 1,8 puntos en España contra 0,4 en el promedio internacional. La brecha fiscal se ensancha, y la campaña de 2025 no viene precisamente a cerrarla.
Las principales novedades del IRPF 2025 que debes conocer
Una nueva deducción para los salarios más bajos
La novedad más relevante de esta campaña es la deducción sobre la cuota líquida total del impuesto diseñada para eliminar la carga fiscal de quienes perciben el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), fijado en 16.576 euros anuales para 2025, y reducirla para quienes tienen ingresos del trabajo inferiores a 18.276 euros al año.
Para beneficiarse de esta deducción —incorporada mediante disposición adicional a la Ley 35/2006 con efectos desde el 1 de enero de 2025— deben cumplirse dos condiciones simultáneamente:
- Los rendimientos íntegros del trabajo deben proceder de una relación laboral efectiva y ser inferiores a 18.276 euros
- El contribuyente no puede obtener otras rentas no exentas por encima de 6.500 euros
El impacto es significativo. Según la última estadística del IRPF (datos de 2023), casi 9,34 millones de declarantes, el 47,45% de los perceptores de rendimientos del trabajo, tenían un rendimiento neto reducido inferior a 21.000 euros. Con las deducciones ya existentes, ese porcentaje había bajado al 34,86%. La nueva deducción reducirá aún más esa cifra.
Planes de pensiones: ya se pueden rescatar con 10 años de antigüedad
El ahorro a largo plazo gana liquidez, pero ojo con los tramos del IRPF
Otra de las grandes novedades de este ejercicio es la disponibilidad anticipada de los planes de pensiones. Desde el 1 de enero de 2025, los titulares de estos instrumentos pueden retirar los derechos consolidados siempre que las aportaciones tengan una antigüedad mínima de 10 años.
Según datos de la Agencia Tributaria correspondientes a 2023, aproximadamente 2,57 millones de contribuyentes tienen plan de pensiones, con la mayoría de aportaciones concentradas en rentas entre 30.000 y 60.000 euros de base liquidable.
La advertencia de los asesores fiscales es clara: antes de ejecutar el rescate, hay que calcular el impacto en la declaración. El importe retirado tributa como rendimiento del trabajo, lo que puede empujar al contribuyente a un tramo superior del IRPF y hacer que el coste fiscal se dispare. La liquidez es real, pero el precio puede ser alto si no se planifica bien.
Lo que cambia para autónomos y agricultores
Los trabajadores por cuenta propia se llevan también una sorpresa este año. Por primera vez, la declaración de 2025 incorpora la regularización de las cuotas al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) correspondiente a 2024, en aplicación del artículo 308 del Real Decreto Legislativo 8/2015.
Aunque el dato ya figura en el borrador y en los datos fiscales, los autónomos deben revisar con atención si la liquidación realizada con la Seguridad Social está correctamente integrada.
En el ámbito agrícola, la campaña trae recortes: se eliminan la reducción del 35% sobre el precio de adquisición del gasóleo agrícola y la del 15% sobre los fertilizantes. Una medida que tensará aún más la rentabilidad de muchas explotaciones.
Otros cambios relevantes para este colectivo:
- Nueva reducción para rendimientos de actividades artísticas obtenidos de forma excepcional, tanto en trabajo como en actividades económicas en estimación directa
- Exención del IRPF para las ayudas por daños personales concedidas a afectados por incendios forestales ocurridos entre el 23 de junio y el 25 de agosto de 2025 (acuerdo del Consejo de Ministros del 26 de agosto de 2025)
Rentas altas, vehículos eléctricos y eficiencia energética
Para los contribuyentes con rentas del ahorro superiores a 300.000 euros, el tipo impositivo sube del 28% al 30%. Unos 150.000 declarantes (el 1,57% del total) declaran más de 150.000 euros en esta partida, aunque el impacto real dependerá de cada situación concreta.
En el lado de los incentivos:
- Las deducciones por obras de mejora de eficiencia energética se amplían: hasta el 31 de diciembre de 2026 para viviendas habituales y hasta el 31 de diciembre de 2027 para edificios de uso predominantemente residencial
- Las deducciones del programa MOVES III para la adquisición de vehículos eléctricos e híbridos enchufables y la instalación de puntos de recarga se mantienen vigentes hasta el 31 de diciembre de 2025
El encarecimiento de los combustibles fósiles —agravado por el contexto internacional— convierte estas deducciones en un argumento fiscal de peso para quienes contemplen el cambio a la movilidad eléctrica.
Lo que no cambia: IPREM, interés legal y mínimos personales
La ausencia de nuevos Presupuestos Generales del Estado congela varios indicadores clave:
- IPREM: se mantiene en 8.400 euros
- Interés legal del dinero: continúa en el 3,25%
- Mínimos personales y familiares: sin variación respecto al ejercicio anterior
También continúa la deducción para residentes en La Palma, equiparada a la de Ceuta y Melilla, como parte de las medidas de recuperación tras las erupciones volcánicas de 2021.
Testimonios (en exclusiva para DSAlicante.com)
«Este año me ha sorprendido ver que el borrador ya incluía la regularización de mis cuotas como autónomo. Por suerte cuadra, pero entiendo que muchos compañeros tendrán que revisarlo con lupa.» — Marcos T., autónomo del sector del diseño, 38 años
«Me dijeron que con el nuevo SMI no pagaría impuestos, pero tengo que revisar si cumplo todos los requisitos. La letra pequeña siempre da alguna sorpresa.» — Ana G., empleada de comercio, anónima
«Tengo un plan de pensiones desde hace doce años y estoy valorando rescatar parte. Pero mi asesor me ha dicho que espere a ver el impacto en la declaración. No quiero saltar de tramo por un error de cálculo.» — Roberto M., funcionario, 54 años
Preguntas frecuentes sobre la Renta 2025
¿Cuándo empieza y termina la campaña de la Renta 2025? La campaña del IRPF 2025 arranca el 8 de abril de 2025 y finaliza el 30 de junio. Si se domicilia el primer pago, el plazo para presentar la declaración termina el 25 de junio.
¿Quién se beneficia de la nueva deducción por el SMI? Los contribuyentes cuyos rendimientos íntegros del trabajo sean inferiores a 18.276 euros anuales y que no tengan otras rentas no exentas superiores a 6.500 euros. La deducción elimina completamente el gravamen para quienes perciben el SMI (16.576 euros en 2025).
¿Puedo rescatar ya mi plan de pensiones? Sí, desde enero de 2025 puedes retirar aportaciones con más de 10 años de antigüedad. Sin embargo, el importe tributa como rendimiento del trabajo y puede subir tu tipo medio del IRPF. Consulta con un asesor antes de decidir.
¿Los autónomos tienen que hacer algo especial este año? Sí. Deben verificar que la regularización de las cuotas al RETA correspondiente a 2024 está correctamente integrada en su borrador, aunque ya figure en los datos fiscales.
¿Qué pasa si no presento la declaración a tiempo? La presentación fuera de plazo conlleva recargos que oscilan entre el 1% y el 15% dependiendo del retraso, además de posibles sanciones si la Agencia Tributaria requiere la declaración antes de que el contribuyente la presente voluntariamente.
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