El juez deja el libertad a Santos Cerdán Tras 5 Meses en prisión.

El juez deja el libertad a Santos Cerdán Tras 5 Meses en prisión.
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Tras permanecer casi cinco meses (142 días) en prisión provisional, Santos Cerdán ha abandonado la prisión de Soto del Real (Madrid) pasadas las 19:00 horas. En un emotivo encuentro con los periodistas a las puertas del centro penitenciario, el ex secretario de Organización del PSOE ha declarado: «Se están difundiendo muchas mentiras y manipulaciones sobre mi persona». Afirmó confiar en que la verdad prevalezca y que la Justicia se haga conforme a la misma, en una breve declaración rodeado de reporteros a los cuales no quiso responder.

El magistrado del Tribunal Supremo, Leopoldo Puente, ordenó su liberación esta mañana al considerar que el riesgo de destrucción de pruebas, que fue el motivo de su ingreso en prisión el pasado 30 de junio, estaba «seriamente mitigado».

Este momento MARCA un hito en la vida de Santos Cerdán, quien ahora espera que se haga valer la verdad y que se haga justicia en su caso. Su liberación es el resultado de un proceso Legal que ha mantenido en vilo a la Opinión pública durante meses.

Ex dirigente socialista Santos Cerdán imputado por delitos graves

El ex dirigente socialista se encuentra imputado por los delitos de organización criminal, cohecho y tráfico de influencias tras el presunto amaño de obras públicas.

Reducción del riesgo de ocultamiento de pruebas

En un auto, el instructor del caso Koldo sostiene que el riesgo de que el investigado pudiera ocultar, alterar o destruir fuentes de prueba relevantes, que era muy intenso cuando se dictó la medida de prisión, «aparece ya, como consecuencia de la investigación practicada hasta este momento, seriamente mitigado. Se han obtenido informaciones que, muy probablemente, hubieran resultado ocluidas o de muy difícil acceso ante posibles intentos de ocultación, alteración o destrucción de sus fuentes, y con las que ya se cuenta».

Refuerzo de los indicios de criminalidad

En su auto, el juez detalla que «el resultado de la investigación practicada no sólo no ha diluido los consistentes indicios de criminalidad con los que ya se contaba en la causa, sino que, muy al contrario, los ha reforzado en buena medida y abierto nuevas líneas de investigación». Sin embargo, la existencia de esos consistentes indicios relativos a que Cerdán pudiera haber cometido los ilícitos penales que se le atribuyen no justifica por sí mismo el mantenimiento de la prisión provisional, incluso cuando, como sucede en este caso, el progreso de la investigación no haya hecho más que confirmar y robustecer dichos indicios.

En el proceso judicial para mantener a una persona en prisión, es fundamental demostrar la existencia de ciertos elementos como el riesgo de fuga, la posibilidad de destrucción u ocultación de pruebas, o la probabilidad de reincidencia delictiva. En una reciente resolución, el juez Puente aborda estos aspectos cruciales en el caso en cuestión.

Descartando el Riesgo de Reincidencia Delictiva

El juez destaca que el investigado no ocupa actualmente un cargo público ni mantiene una posición de liderazgo en el partido político al que estuvo vinculado en el pasado. Esta ausencia de vínculos orgánicos relevantes sugiere que el riesgo de reincidencia delictiva puede descartarse de manera razonable en este contexto.

Análisis del Riesgo de Fuga

En cuanto al riesgo de fuga, el Tribunal Supremo no identifica una amenaza clara y significativa de que el investigado intente evadir la acción de la justicia. Si bien este riesgo nunca puede descartarse por completo, se plantea la posibilidad de mitigarlo mediante la adopción de medidas cautelares menos restrictivas que la privación de libertad.

Medidas Cautelares Impuestas al Investigado por el Magistrado Puente

El magistrado Puente ha establecido medidas cautelares contra el investigado, a pesar de considerar que el riesgo de destrucción de pruebas se ha reducido. Si bien no ve motivo para mantener la prisión provisional, sí reconoce la persistencia de indicios de hechos delictivos. Estas medidas tienen como objetivo garantizar la presencia del investigado en el procedimiento y evitar sustraerse de la justicia.

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  • Comparecencias Regulares: El investigado deberá comparecer cada 15 días en el Supremo o en el juzgado más cercano a su domicilio, si así lo solicita. Además, deberá presentarse cuantas veces sea requerido.
  • Prohibición de Salida del País: Se le prohíbe abandonar el territorio nacional, y se le retirará el pasaporte en el Juzgado. Este documento deberá ser entregado en la Secretaría de la Sala Penal del Alto Tribunal.

Estas medidas cautelares buscan equilibrar la libertad del investigado con la necesidad de asegurar su presencia en el proceso judicial. Es fundamental que cumpla con estas disposiciones para evitar consecuencias adicionales.

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